La jueza apartada del juicio por la muerte de Maradona contraataca y acusa
Un día después de que se imputara a la...
Un día después de que se imputara a la jueza Julieta Makintach por cohecho pasivo, violación de los deberes de funcionario público y abuso de autoridad, malversación de caudales públicos y peculado de servicios delitos supuestamente cometidos por su rol estelar en el documental Justicia Divina, proyecto audiovisual que iba a girar en torno a las alternativas del juicio donde se intentaba develar si hubo responsabilidades penales por la muerte de Diego Maradona, la defensa de la magistrada difundió un comunicado de prensa con duras críticas a la acusación hecha por el Ministerio Público de San Isidro.
“Ante la sorprendente y absurda acusación que enfrenta la doctora Makintach, puesta en conocimiento de los medios ayer, y advertidos que ello se sostiene en una actuación procesal promiscua entre algunos abogados de partes adversarias (en el juicio por la muerte de Maradona) y ciertos funcionarios de la acusación pública, decidimos adelantar mediante esta comunicación breves reseñas de planteos vinculados a inaceptables ‘manejos’ con que se está llevando el procedimiento contra nuestra representada. Los escritos judiciales se concretarán lo antes posible. Justifica también esta comunicación, las tergiversaciones de hechos y el avasallamiento que esa absurda acusación genera en nuestra representada", se sostuvo en citado comunicado de prensa difundido por el Estudio Guerendiain, Corleto & Urrutia.
Los fiscales José Amallo, Cecilia Chaieb y Carolina Asprella, a cargo de la investigación, presentaron ayer un dictamen donde solicitaron la destitución de la magistrada para poder avanzar en la causa y citarla a prestar declaración indagatoria.
“Desde el inicio, las actuaciones del proceso contienen insuperables irregularidades que nos habilitan a plantear la nulidad del requerimiento fiscal contemplado en el artículo 300 del Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires. Existen constancias documentadas de la existencia de millones de razones que convencieron a propios y extraños en dar inicio a un proceso que todos sabemos que carece de elementos típicos y de conjeturas serias sobre la ocurrencia de conductas comprendidas como delitos. Todo fue amañado con el propósito de buscar una repercusión mediática, anular el juicio oral y lograr evitar el dictado de una sentencia ajustada a derecho, pero adversa a las pretensiones económicas de algunos intervinientes”, sostuvo la defensa de Makintach en el citado comunicado de prensa.
La jueza en el hall central de los Tribunales de San IsidroSegún el Estudio Guerendiain, Corleto & Urrutia “es imperativo destacar que la acusación carece de una base jurídica sólida, lo que no solo compromete el derecho a una defensa efectiva de la doctora Makintach, sino que también afecta la credibilidad del proceso judicial en su conjunto. En este contexto, se analizará la objetividad que han tenido los funcionarios que llevan adelante la investigación, ocultando vital prueba a la defensa, cuya actuación podría carecer del principio antes enunciado para el esclarecimiento de los hechos y el acercamiento a la verdad real histórica del suceso”.
En su dictamen, los fiscales habían sostenido que Makintach “aceptó la propuesta comercial efectuada, al menos, por María Lía Vidal Alemán y bajo la promesa de poder obtener beneficios económicos futuros directos -ya sea por la inversión de terceras personas en dicho emprendimiento privado- e indirectos -posteriores ganancias y/o regalías por imagen-, decidió promover y participar personalmente en un proyecto audiovisual en el que sería explotado el desarrollo del mentado juicio, su temática y su función jurisdiccional, por la que iba a desarrollar un rol protagónico”.
En el escrito, de 42 páginas y dirigido al fiscal general de San Isidro, John Broyad, los acusadores públicos piden que el dictamen sea elevado al Procurador General bonaerense, Julio Conte Grand, “con el objeto de que se le dé debida intervención al Jurado y de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Buenos Aires”, a cargo del jury contra la jueza.
“Ambas procuraron que Juan Manuel D’Emilio se ocupara de la producción del proyecto cinéfilo -lo que incluía la gestión de su financiamiento que, a raíz de un presupuesto aproximado, partía de un mínimo de US$800.000- y paralelamente, en función de la contraprestación venal acordada, la encausada se comprometió a hacer y a dejar de hacer actos propios de sus funciones, como habilitar las locaciones del edificio público de Tribunales de San Isidro, facilitar la obtención de imágenes fílmicas desde el interior de la sala de audiencias donde transcurría el debate -dejando de lado la orden judicial impartida por el Tribunal que ella misma integraba- y asumir el rol de presidente del Tribunal del juicio para adquirir un mayor protagonismo que garantizaría liderar la publicidad de la decisión jurisdiccional a adoptarse en el proceso”, afirmaron los fiscales Asprella, Chaieb y Amallo.
Según afirmaron los representantes del Ministerio Público, “con el objetivo de asegurar el éxito de la empresa audiovisual, fue que dolosamente, inobservando la Constitución, leyes y deberes que regían su labor como Magistrada Judicial, utilizó arbitraria y sistemáticamente la función jerárquica que ostentaba. Así, sin contar con autorización de la Suprema Corte de Justicia bonaerense ni de Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro, en provecho propio y dándole a los bienes públicos un destino totalmente distinto al que están asignados, el domingo 9 de marzo de 2025 -dos días antes de la iniciación de las audiencias del juicio-, habilitó el acceso al edificio de los Tribunales de San Isidro a un grupo de al menos seis personas que se encargaría de llevar adelante el aludido documental”.
Para los fiscales Amallo, Asprella y Chaieb, para “lograr su menester”, Makintach “se valió de la llave que poseía exclusivamente por el rol que desempeñaba, con cuya utilización posibilitó que el grupo accediera al edificio de Tribunales por la entrada destinada al ingreso de magistrados y funcionarios, ya que el mismo se encontraba cerrado al público. Luego de ello, tras invocar falsamente al personal policial que lo custodiaba que contaba con la debida autorización, franqueó la movilidad de los extraños para simplificarles el traslado de los diversos equipos y elementos que exigía la realización de un documental de calidad, que se desenvolvieran libremente junto a ella por diversos espacios que utilizaron como escenarios reales para dotar de autenticidad y verosimilitud a la historia, y que tomaran imágenes fílmicas de calidad cinematográfica de la magistrada, mientras esta se desplazaba en la soledad de aquellos sitios, consiguiendo de ese modo escenas que la cotidiana asistencia a tribunales de letrados, empleados, justiciables y público en general, hubiese frustrado”.
También, según los fiscales, “con el objeto de garantizar material inédito y exclusivo del juicio para el éxito del proyecto audiovisual, el 11 de marzo pasado, la magistrada se sirvió, en provecho propio y de los terceros involucrados en la serie documental, de la sargento Malen Itatí Romero, custodia del Tribunal en lo Criminal (TOC) N° 2 en el que desempeñaba habitualmente sus funciones, para nuevamente franquear, a través del rol policial de la nombrada, el ingreso en el edificio de Tribunales de Alemán (guionista), Jorge Huarte (camarógrafo) y José Arnal (productor), asegurando de ese modo que evitaran colas, esquivaran controles establecidos, y también filmaran escenas únicas: en su despacho, en los pasillos públicos del edificio y en los internos desconocidos por el común, cuyo uso se encuentra destinado para el ingreso de magistrados a la sala de debate".