Mathov y Santos, chivos expiatorios
Enrique Mathov, secretario de Seguridad del gobierno del presidente Fernando de la Rúa durante la crisis de fines de 2001 que provocó su caída, fue condenado a cumplir la pena de 4 años y 3 mes...
Enrique Mathov, secretario de Seguridad del gobierno del presidente Fernando de la Rúa durante la crisis de fines de 2001 que provocó su caída, fue condenado a cumplir la pena de 4 años y 3 meses de prisión. Se le impuso, además, la inhabilitación para ejercer cargos públicos por el término de 8 años y 6 meses.
Acusado de homicidio imprudente de tres personas y lesiones imprudentes sufridas por otras 25, el fallo en su contra quedó firme en septiembre último, cuando la Corte Suprema de Justicia, desestimó el recurso extraordinario concedido en su favor sin entrar a considerar los hechos ni las pruebas, una facultad que le es propia por el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
No fue el único servidor público condenado por lo ocurrido durante los actos hostiles al gobierno el 19 y el 20 de diciembre de 2001. También lo fue el entonces jefe de la Policía Federal, Rubén Santos, hombre respetado en todos los ámbitos de su actuación pública.
Mientras este comisario general retirado cumplía prisión en la cárcel de Ezeiza, una persona de su confianza que lo visitaba, médico de profesión, percibió una coloración anómala en su piel. Los exámenes permitieron constatar que padecía un avanzado cáncer de páncreas. Santos murió enero sin haber tomado conocimiento de la detención domiciliaria que se le había acordado.
Mathov se presentó, por su parte, ante la Justicia tan pronto la Corte Suprema desestimó el recurso extraordinario interpuesto en exculpación de su caso. A pesar de los 76 años de edad y de su intachable conducta cívica demostrada a lo largo de su vida, los trámites para concederle prisión domiciliaria se demoraron 99 días, tiempo en el que estuvo recluido en la cárcel de Ezeiza, mucho más, muchísimo más, que otros privilegiados a pesar de que sobre ellos pesa la ignominia de haber participado de gravísimos hechos de corrupción pública.
El caso Mathov deja la amarga sensación de la que se han hecho cargo en más de una oportunidad correligionarios de su actuación política en el radicalismo. Se explica en más de un sentido si se piensa no solo en los actos de violencia pública, con intentos de perforar las barreras interpuestas para acceder al interior de la Casa Rosada y el lanzamiento reiterado de bombas molotov, sino también en los francotiradores que actuaron en las sombras en esas jornadas trágicas. En la causa no se quiso analizar quién impartió la orden de desalojar la Plaza de Mayo y mucho menos si se ordenó reprimir. Mathov siempre negó haberlo hecho y no hay pruebas en contrario en el expediente. Es importante aclarar que Mathov no fue condenado por dar alguna orden sino por no haber impedido en virtud de su cargo las muertes y las lesiones, como si esto hubiese sido posible ante lo vertiginoso de los hechos. Por eso se lo condenó por homicidio y lesiones imprudentes y no dolosas.
Un manto de silencio tan impenetrable como vergonzoso ha pesado también desde entonces sobre las responsabilidades habidas por otras 36 muertes ocasionadas en esos dos días en otras partes del territorio nacional, como en Buenos Aires y Santa Fe. Los heridos fueron más de 500. Y en la provincia de Buenos Aires ningún observador medianamente avezado sobre las características de los sucesos que se produjeron se privó de señalar casos de complicidad entre intendentes del peronismo y la policía bonaerense. Derivaron en hechos pavorosos: asaltos en manada en áreas del Gran Buenos Aires a comercios contra los que se cometieron todo tipo de tropelías, instalándose de tal modo la idea de un estado de cosas anárquico e ingobernable con la pretensión de acabar así con un gobierno constitucional.
Sería gravemente preocupante que la Corte Suprema hiciera lugar al recurso extraordinario interpuesto por el controvertido Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) en oposición a la prisión domiciliaria del doctor Mathov. A la opinión del CELS se sumó la del fiscal Nicolás Czizik, pero con criterio inobjetable la sala I de la Cámara Federal de Casación declaró el 27 de mayo de 2025 inadmisibles los recursos interpuestos, con lo cual avaló la prisión domiciliaria de Mathov. Justicia, sí; mortificación vana y venganza, no.
Fuente: https://www.lanacion.com.ar/editoriales/mathov-y-santos-chivos-expiatorios-nid28072025/